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Seguros para Embarcaciones
Contrata ya tu seguro Náutico
En GENERALI ponemos a tu disposición un seguro para embarcaciones que se adapta totalmente a tus necesidades. Navega tranquilo con la flexibilidad que te ofrece la estructura multirriesgo del seguro Náutico de GENERALI . Quedarás cubierto frente a la pérdida total, abandono, averías, robo, accidentes y responsabilidad civil.
Además, GENERALI es la primera y única compañía en ofrecer un seguro para embarcaciones a todo riesgo. Así, la embarcación asegurada queda cubierta frente a todos los riesgos de pérdida total, pérdida total constructiva, gastos de salvamento o daños parciales que pueda sufrir la embarcación asegurada, sus componentes y equipos, incluyendo maquinaria y embarcaciones auxiliares por cualquier causa externa.
¿Por qué el seguro de embarcaciones de GENERALI es uno de los mejores?
- Coberturas
- Ventajas
- Preguntas Frecuentes
Garantía Básica de Responsabilidad Civil
Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria
Cubre la Responsabilidad Civil extracontractual en que puedan incurrir los propietarios de embarcaciones de recreo o deportivas, las personas que debidamente autorizadas por el propietario patroneen las mismas, así como aquellas otras que les secunden en su gobierno, y los esquiadores que pueda arrastrar la embarcación, por los daños materiales y personales y por los perjuicios consecutivos que, mediando culpa o negligencia, causen a terceros, a puertos o instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y con carácter general, por los demás hechos derivados del uso de las embarcaciones en las aguas marítimas españolas, así como por los esquiadores y objetos que éstas remolquen en el mar.
Con las siguientes opciones complementarias:
Responsabilidad Civil Voluntaria
Permite la contratación de límites superiores al mínimo exigido por Ley. Además, también queda cubierta la responsabilidad civil de la embarcación durante su permanencia en tierra firme y toda operación de puesta a flote, remoción o destrucción de los restos de la embarcación asegurada.
Salvamento y Asistencia Marítima
- Garantiza el coste razonable de las operaciones de remolque de la embarcación asegurada, incurrido por el Asegurado, para cumplir con su obligación de salvar la embarcación de su desaparición o destrucción, o para minimizar las consecuencias de un siniestro hasta un límite máximo de 10.000 euros por siniestro y anualidad de seguro.
Pérdida Total + Abandono
- Cubre la pérdida total o pérdida total constructiva de la embarcación asegurada a consecuencia de un evento marítimo, los gastos de salvamento y de remoción de restos de la misma y el robo de la embarcación entera y/o su embarcación auxiliar junto con los gastos de recuperación de la/s misma/s.
Todo Riesgo
- La embarcación queda cubierta frente a todos los riesgos de pérdida total, pérdida total constructiva, gastos de salvamento o daños parciales que pueda sufrir la embarcación asegurada, sus componentes y equipos, incluyendo maquinaria y embarcaciones auxiliares por cualquier causa externa.
- Asimismo queda cubierta la pérdida total o los daños parciales directamente causados por incendio, explosiones, rotura de ejes, o cualquier defecto latente en la maquinaria o el casco (excluyendo el coste y los gastos de reparación o sustitución de cualquier pieza defectuosa).
Efectos Personales
- Se cubren los efectos personales a primer riesgo frente a los riesgos de pérdida total subsiguiente a la de la embarcación asegurada, o daños consecuencia directa de avería particular de la embarcación asegurada y/o robo.
Accidentes Personales
- Se garantiza el pago de las prestaciones por lesiones corporales ocurridas al contratante y a toda persona asegurada transportada a título gratuito mientras se encuentre a bordo de la embarcación, esté siendo remolcada y/o en el momento de embarque o desembarque.
Defensa Jurídica
- Se cubre la defensa de los intereses del Asegurado, reclamando los daños de origen no contractual que haya sufrido tanto en su persona como en la embarcación deportiva de su propiedad, como consecuencia de su uso y disfrute.
Asistencia en viaje
Se incluyen una serie de prestaciones médicas y técnicas entre las que se incluyen:
- Gastos de alojamiento en hotel
- Custodia de la embarcación
- Gastos médicos en el extranjero
- Traslado sanitario de enfermos
- Envío de medicamentos
- etc.
Guerra y Huelgas
- La embarcación queda garantizada contra los riesgos de guerra y huelga de acuerdo con el contenido de las cláusulas inglesas “Institute War and Strikes Yachts 1/11/85”.
- El seguro para barcos de GENERALI te ofrece tres modalidades de contratación: Responsabilidad Civil, Pérdida Total y Todo Riesgo. Cada una de ellas cuenta con una serie de garantías adicionales que complementan la modalidad de cobertura seleccionada.
- Aseguramos tu embarcación por su valor real, sin desgloses del valor asegurado ni confusiones.
- Tu seguro sigue actuando hasta las 200 millas de cualquier país miembro de la Unión Europea (incluidas las travesías entre la Península y Canarias).
- Si tu embarcación es un velero, todas las regatas de club en que participes quedan cubiertas por defecto y sin sobre coste extra alguno.
- GENERALI Náutico te ofrece una bonificación lineal de hasta el 15% por no siniestralidad.
¿La R.C. obligatoria se ajusta a lo establecido por el Reglamento para embarcaciones de recreo?
Sí, la cobertura se rige de acuerdo a los límites, términos y condiciones establecidos en el Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas y de acuerdo a lo regulado en la Ley 27/1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su artículo 78.
¿En las garantías de daños propios queda cubierto el remolque?
Sí, ya que se entiende como gasto de salvamento el coste razonable de las operaciones de remolque de la embarcación que ha sufrido el siniestro.
¿Puedo asegurar la embarcación si se utiliza para alquiler a terceros?
El seguro GENERALI Náutico permite cubrir las embarcaciones matriculadas en las listas 6ª o 7ª y, por lo tanto, incluye las destinadas a chárter (alquiler) con o sin tripulación
Remolque marítimo, ¿Cómo proceder? ¿Quién presta el servicio?
- Se trata de una garantía que debe estar expresamente contratada en la póliza de Embarcación de Recreo.
- Se trata de un servicio que no presta directamente Generali. Por ello el Cliente y/o Asegurado debe presentar las facturas de dicho servicio a Generali o directamente al Perito encargado de la valoración del caso.
- Las señas para el contacto con la Sociedad de Salvamento y Asistencia Marítima son las siguientes:
CONTACTO
902 202 202
Canal 16 VHF
Seguridad de Salvamento y Seguridad Marítima
Fruela,3
28.011 Madrid (España)
Telf:+34 917 559 100
Fax:+34 917 559 100
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