Generali Seguros 1

EDIT FLOATING MENU

Contrata tu seguro GENERALI Plan de Pensiones Individual

Contrátalo con tu Agente

Un gran selección de modalidades:

 

  • Renta Fija
  • Mixto Renta Fija
  • Mixto Renta Variable
  • Renta Variable

 

VISITA UNA OFICINA

Plan de Pensiones Individual

GENERALI PPI (Plan de pensiones Individual) te permite recibir una pensión de jubilación o complementar la de la Seguridad Social, llegado el momento. Porque tu jubilación es lo suficientemente importante para que puedas vivirla sin preocupaciones.

Contrata ya tu Plan de Pensiones Individual con GENERALI

Asegurar tu futuro y el de tu familia es una cuestión fundamental en la que GENERALI , especialista en soluciones para la jubilación, puede ayudarte a encontrar la fórmula que mejor se adapta a tus necesidades.

Además, al contratar un plan de Pensiones con GENERALI , contarás con el área MI GENERALI , un área privada donde podrás visualizar, consultar y gestionar tu plan de Pensiones cómodamente y de manera online.

Solicita ya tu Presupuesto de nuestro Plan de Pensiones Invidual y tu Agente se pondrá en contacto contigo. Si no dispones de un Agente, consulta nuestra Red de Oficinas y elige el más cercano a tu domicilio. ¡Empieza a formar parte de la gran familia GENERALI !

REGLAMENTO INTERNO DE CONDUCTA Y REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL DEFENSOR DEL PARTÍCIPE

PLANES DE PENSIONES ESPECIALES (Emisión restringida y limitada):

SERVICIOS

CONOCE NUESTROS SERVICIOS

Aclaramos tus dudas

¿Qué es un Plan de Pensiones Individual (PPI)?

Los Planes de Pensiones se configuran como instituciones de previsión voluntaria y libre, cuyas prestaciones de carácter privado pueden o no ser complemento del sistema de la Seguridad Social, al que en ningún caso sustituyen.

El Plan de Pensiones se instrumenta contractualmente como una eficaz fórmula para la constitución de un ahorro que se traducirá, a largo plazo (normalmente a la jubilación), en el derecho económico por parte de la persona en cuyo favor se constituyen, a la percepción de unas rentas o capitales por Jubilación, Incapacidad, Fallecimiento, Dependencia Severa o Gran Dependencia.

Por su parte, el Fondo de Pensiones es el que canaliza ese ahorro. Constituye un patrimonio separado e independiente, carente de personalidad jurídica, en el que se integran los distintos Planes de Pensiones adscritos.

Los Fondos de Pensiones son administrados por una Entidad Gestora con el concurso de una Entidad Depositaria (Entidades Financieras de Depósito).