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GENERALI Salud Profesional Baremado

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Las mejores coberturas:

 

  • Indemnización por Enfermedad y Accidente
  • Elección de capital asegurado

O llámanos al 900 90 34 40 / 91 083 03 89

 

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Seguro de Profesional Baremado

Contrata ya tu seguro GENERALI Salud Profesional Baremado

En GENERALI sabemos que cuando un autónomo sufre la interrupción de su actividad profesional, su negocio queda sin la referencia principal y los ingresos se ven claramente afectados. Por eso es importante contar con GENERALI Profesional Baremado, un seguro que te permite compensar esa caída de ingresos. Con el seguro de salud GENERALI Profesional Baremado tú decides la cantidad que deseas cobrar en caso de baja por enfermedad o accidente. Te abonamos la indemnización total, una vez confirmado el diagnóstico. Esta indemnización depende de la cuantía diaria contratada, y del número de días de baja previsto en el baremo de diagnóstico.

¿Por qué el Seguro de Salud Profesional Baremado de Generali?

Garantías incluidas
  • Indemnización por Enfermedad y Accidente 
Garantías opcionales
  • Hospitalización por Enfermedad y Accidente
  • Fallecimiento o Invalidez Absoluta y Permanente por Accidente
  • Indemnización por Intervención Quirúrgica 

SERVICIOS

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Coberturas
  • Indemnización por Enfermedad y Accidente: A través de esta garantía decides qué Capital Asegurado diario deseas durante el Periodo de Indemnización establecido de un año (365 días).
  • Hospitalización por Enfermedad y Accidente: Capital Asegurado diario adicional a los capitales asegurados por la garantía principal de Indemnización por Enfermedad y Accidente, y su cometido puede ser doble, por un lado garantizar unos ingresos diarios mientras te encuentres hospitalizado para hacer frente al incremento de gastos cotidianos que dicha situación lleva consigo (teléfono, desplazamientos, etc.) o incluso, por otro lado, se puede pretender asegurar un capital mayor para hacer frente al coste diario que puede suponer el ingreso en una clínica u hospital (honorarios médicos, habitación individual, pruebas diagnósticas, etc.).
  • Fallecimiento o Invalidez Absoluta y Permanente por Accidente: te permite asegurar un capital específico en caso de que sufrieras un Accidente y, como consecuencia del mismo, tuviera lugar tu fallecimiento o sufrieras una Invalidez Absoluta y Permanente.
  • Indemnización por Intervención Quirúrgica: consiste en un Capital Asegurado que corresponda según lo establecido en el Baremo de Intervenciones Quirúrgicas en función de la intervención quirúrgica que te sea practicada en un quirófano, ya sea de forma ambulatoria o como ingresado, a consecuencia de una enfermedad o accidente cubiertos por la póliza.
Ventajas
  • Fácil contratación. No precisa reconocimiento médico previo: basta con cumplimentar un sencillo cuestionario de salud.
  • Un seguro compatible. Si dispones de un seguro que te garantiza una indemnización diaria por accidente y deseas ampliarlo, no te preocupes. Te damos la opción de asegurar únicamente los siniestros causados por enfermedad con el consiguiente ahorro en el precio del seguro. (Si contrata GENERALI Profesional Plus).
  • Si eres profesional autónomo, tu seguro te costará menos. Podrás desgravar el 100% de la prima al hacer la Declaración de la Renta en régimen de estimación directa (desgravación máxima de 500 € anuales por cada familiar asegurado, cónyuge e hijos menores de 25 años)

 

Fiscalidad

Si eres autónomo

La prima abonada tanto para ti como para tu familia puede ser un gasto deducible en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Es necesaria la tributación en el IRPF en el llamado régimen de estimación directa en vez de a través del sistema de módulos. Los rendimientos del trabajo deben calcularse a través de la diferencia entre los ingresos y los gastos del ejercicio.
  • El alcance de la cobertura de enfermedad debe limitarse a ti, tu cónyuge y los hijos menores de 25 años que convivan en el mismo domicilio.
  • La cuantía deducible máxima a la hora de determinar los rendimientos del trabajo en el IRPF es de 500 € anuales por cada una de las personas mencionadas anteriormente.

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