¿Qué cubre un seguro de salud (y qué no)?

¿Qué cubre un seguro de salud (y qué no)?

¿Qué cubre un seguro de salud (y qué no)?

Equipo GENERALI

Tu asesor de Salud

Esta guía te servirá para elegir bien en tu seguro médico. Las coberturas de los seguros de salud son muy amplias, pero debes tener en cuenta una serie de situaciones, conceptos y circunstancias para saber qué cubre y qué no un seguro de salud.

Te contamos todo lo que necesitas saber aquí

¿Por qué un seguro de salud no puede cubrirlo todo?

Motivos hay muchos, y la gran mayoría de ellos muy comprensibles.

A pesar de ello, los seguros médicos son capaces de brindar a sus asegurados un amplísimo ramillete de coberturas, que le ofrecerán respuesta ante multitud de situaciones y le otorgarán una gran tranquilidad ante la posibilidad de sufrir un accidente o contraer alguna enfermedad.

Vamos a verlas.

Coberturas habituales de un seguro de salud

Respecto a lo que cubre un seguro de salud depende de la compañía con la que acordemos el contrato y del tipo de producto que contratemos.

Un seguro médico privado competitivo debe proveer servicios de asistencia médica primaria (medicina general, pediatría, enfermería, ambulancia); el acceso a diferentes especialidades como traumatología, cardiología, dermatología o ginecología; un servicio básico dental y la realización de pruebas diagnósticas -análisis de orina y sangre, radiologías, ecografías, urología-, amén de incluir las diferentes especialidades médicas y quirúrgicas.

Además, otras garantías importantes son las de hospitalización y urgencias, así como las relacionadas con el parto. La cobertura de segunda opinión médica en el caso de las enfermedades más graves y/o complejas es siempre de gran utilidad.

De cualquier manera, como apuntamos antes las coberturas dependen en gran medida del tipo de producto que contratemos.

Los más completos son los seguros de salud de cuadro médico sin copagos, pero hay muchas más opciones a elección del cliente: con copagos, sin hospitalización, de reembolso, decenas de coberturas adicionales etc.

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Coberturas excluidas (carencias y preexistencias)

Al respecto de lo que no cubre un seguro de salud, en líneas generales las aseguradoras no suelen integrar entre sus coberturas los procedimientos diagnósticos, quirúrgicos y terapéuticos cuya eficacia no esté totalmente consolidada o sean experimentales.

Tampoco los realizados para solventar la esterilidad o infertilidad, aunque, por ejemplo, en Generali sí se cubren estos tratamientos, las interrupciones voluntarias del embarazo, las intervenciones quirúrgicas en el feto, las operaciones de cambio de sexo, los trasplantes, los mapas genéticos, las prótesis que no sean ortopédicas, las operaciones estéticas y la cirugía (radiocirugía, ocular, bariátrica)

Aunque en Generali también están cubiertas, no suele incluirse la cirugía del parkinson o la epilepsia, las terapias alternativas y complementarias y los productos farmacológicos que deba comprar el asegurado.

Pero esto no es una ley, sino un hábito, así que siempre hay que consultar y negociar las condiciones con la aseguradora. Varias son capaces de incluir en el contrato de seguro algunas de estas coberturas a las que nos hemos referido, así que como siempre todo pasa por informarse.

Otros dos conceptos resultan fundamentales con respecto a las exclusiones:

Las preexistencias, que son las enfermedades que una persona tiene antes de la contratación de un seguro médico y cuyo tratamiento jamás suelen cubrirse en los seguros médicos; y las carencias, que son los plazos de tiempo -desde el momento de la suscripción del contrato- durante los cuales el asegurado no tiene derecho a una determinada cobertura por parte de su seguro.

¿Qué enfermedades no cubren los seguros de salud?

Habitualmente los seguros de salud no cubren entre sus garantías enfermedades de carácter psicológico u otras como el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, el SIDA.

Además, también suele estar excluida la cobertura de las enfermedades y lesiones que se hayan producido como consecuencia de accidentes de tráfico y laborales, o tras la práctica de deportes de riesgo, así como las que estén relacionadas con radiación nuclear, contaminación radioactiva o provengan de fenómenos naturales extremos -terremotos, inundaciones, etcétera-.

Ni qué decir viene si derivan de situaciones de guerra, maniobras militares o epidemias.

Siguiendo con lo que no cubre el seguro de salud, no brinda prestación en caso de que la enfermedad o accidente se haya producido por culpa de la negligencia del asegurado, debido a autolesiones o actos de carácter masoquista y suicida, o a consecuencia del consumo habitual de alcohol y drogas.

¿Existen excepciones?

Existen excepciones a estas exclusiones, y más cuando hay compañías de seguros que amplían casi hasta el infinito su oferta en el caso de las mejores.

Por ejemplo, cada vez es más frecuente la cobertura de la asistencia psicológica y la integración entre las garantías (dentro de las adicionales, eso sí) de terapias complementarias no sólo relacionadas con la salud física y emocional, sino con la estética.

Como siempre, recomendamos leer bien el condicionado de la póliza y consultar todas las dudas que tengamos respecto a las inclusiones y las exclusiones antes de decidirnos a suscribir el contrato de seguro.

¿Tienes dudas sobre las coberturas de nuestros seguros? Consúltanos aquí sin compromiso.

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