Seguro de accidentes para empresas: tranquilidad para los empleados

Seguro de accidentes para empresas: tranquilidad para los empleados

Prácticamente cualquier actividad en la vida se encuentra indisolublemente vinculada al riesgo, a la posibilidad de que algo pueda salir mal. El mundo laboral, en el que los empleados concentramos una parte importante de nuestro tiempo, no es una excepción en ese sentido, sobre todo en cierto tipo de ámbitos profesionales.

Los imprevistos, como indica la propia palabra, no pueden adivinarse, ni sus consecuencias negativas eliminarse, pero sí que es factible anticiparse a su llegada cubriéndose ante sus posibles efectos. Es en ese escenario en el que se presenta como muy importante el seguro de accidentes para empresas, relevante a la hora no sólo de ayudar a la salud de un determinado negocio sino, por encima de todo, para contribuir a la tranquilidad y estabilidad económica no sólo del empresario, sino también de los trabajadores que forman parte de una firma e incluso de sus familias. De esa manera se facilita su implicación en el ámbito laboral, merced a una mayor motivación y propiciando un mejor clima en la empresa.

Empecemos por definir este tipo de seguro, que por su propia naturaleza es de carácter colectivo: es aquél que sirve para proteger a los empleados de un negocio frente a las consecuencias derivadas de cualquier tipo de accidentes. Por un lado asegura asistencia sanitaria en caso de accidente a los trabajadores y por el otro se hace cargo de situaciones graves como el fallecimiento o la invalidez de cualquiera de ellos.

Ampliando este enunciado, podemos diferenciar a grandes rasgos tres tipos de coberturas: por fallecimiento (por accidente laboral, por accidente de circulación, etc. pudiéndose incluir también los gastos de sepelio); por invalidez (permanente absoluta, permanente parcial, total para el desarrollo de la actividad profesional, gran invalidez); o de cuidados médicos (asistencia sanitaria, hospitalización) siempre como consecuencia de un accidente en el ámbito del trabajo.

 

El convenio manda

Con respecto a este ámbito asegurador hay que reseñar también que en caso de tener empleados se antoja imprescindible la contratación del seguro de accidentes de convenio. Se rigen por el convenio colectivo que se haya suscrito, que cuenta con sus propias coberturas e indemnizaciones específicas y cuyo coste depende de varios factores: el salario de los trabajadores, el número de personas que trabajen para una determinada empresa y, por encima de todo, la actividad principal que suele realizar la compañía.

Y es que no es lo mismo trabajar, por ejemplo, en un banco que en una industria de maquinaria pesada. El riesgo de accidente no es el mismo, por lo que no cobra sentido que ambos negocios -inmersos en ámbitos muy diferentes- cuenten con un seguro de accidentes de características similares. Cada empresa necesita un programa específico que se ajuste a las condiciones particulares de su actividad y a sus necesidades de cobertura, por lo que las aseguradoras ofrecen productos adaptados a las características de cada gremio y en función de lo que determina el convenio colectivo del ramo. También, como dijimos antes, el número de trabajadores de los que dispone una determinada empresa resulta un factor clave en el coste final de la contratación de este tipo de póliza.

En cuanto a la responsabilidad de los accidentes laborales que se puedan producir, ésta siempre corresponde a las empresas contratantes, aunque no cuenten con un seguro de esta materia e independientemente de que sean fruto del error de un trabajador, de un grupo de trabajadores o de la propia compañía.

 

En el trabajo y fuera de él

Una cosa que debe quedar clara a la hora de referirnos a los seguros de accidentes de empresa es el hecho de que estos no tiene por qué circunscribirse únicamente al ámbito laboral. De hecho, existen varias modalidades, desde las que cubren sólo la actividad profesional -los accidentes que se puedan producir durante el ejercicio de la profesión- como las que amparan los incidentes sucedidos en la vida particular de los asegurados, los que tienen lugar durante su tiempo libre, etc. en estos casos es la empresa la que decide mejorar o ampliar las coberturas por encima de lo que fije su convenio colectivo, mejorando así las condiciones de sus empleados.

También hay que comentar que los seguros de accidentes que se refieren a la actividad laboral incluyen los in itinere, que son todos aquellos sucesos que acaecen durante el desplazamiento de un empleado desde su domicilio hasta su lugar de trabajo y viceversa, momentos en los que cada trabajador también dispone de protección aseguradora en su póliza de accidentes contratada por la empresa.

Ambas coberturas no resultan excluyentes, pues otra modalidad que presenta este seguro es la de cobertura 24 horas, independientemente de si el empleado se encuentra trabajando o no, con lo que la protección sería total a lo largo de todos los días del año.