Protección in itinere: Seguro Obligatorio de Viajeros

Protección in itinere: Seguro Obligatorio de Viajeros

Adivina adivinanza: ¿Qué tienen en común un adolescente que ha decidido saltarse la primera hora de clase para dar una vuelta en el metro, una mujer que viaja al trabajo en tren esta semana porque su coche está en el taller, un anciano que utiliza el bus para volver del centro de salud y hasta el afortunado que se monta al telesilla para subir a lo alto de la pista a realizar snowboard?

Estas cuatro situaciones tan distintas referidas a personas tan diferentes tienen algo en común. Todos sus protagonistas están siendo protegidos por el Seguro Obligatorio de Viajeros. Muchos de ellos ni sabrán de su existencia, pero sin saberlo están disfrutando de sus ventajas.

No lo han contratado, o por lo menos no directamente. Disponen de sus coberturas nada más haber comprado el billete, el ticket o la tarjeta de transporte pertinente y cuentan con su protección a lo largo de cada trayecto. Da igual, como dijimos, que sea un corto desplazamiento en metro o un viaje en tren Madrid-Zaragoza.

Si los viajeros no lo hacen, ¿Quién debe contratar entonces obligatoriamente el SOV? Cualquier compañía de transporte colectivo, que debe incluir el seguro en el propio billete o Título de transporte. El único deber de las personas que se desplazan es conservarlo, porque podría hacerle falta en caso de que se produjera un accidente. Para confirmar que disponen de la protección del seguro pueden leer su propio ticket o consultar al personal responsable. Hay que resaltar también que los menores de edad que estén exentos por ley del pago del billete cuentan de igual modo con cobertura.

 

Desde un bus hasta un teleférico

El S.O.V. nos asiste cuando viajamos en cualquier medio de transporte colectivo, siempre y cuando este tenga una capacidad igual o superior a nueve plazas y circule por una vía terrestre urbana o interurbana. La empresa encargada del desplazamiento puede ser de carácter público o incluso privada; lo que resulta indispensable para la contratación del seguro es que el transporte que se realice sea público.

También se incluyen otro tipo de medios de transporte que nos suenan a vacaciones, a subir a lo alto de un mirador a contemplar una impresionante ciudad o a alcanzar la cima de una montaña para disfrutar de las vistas. Medios como teleféricos, funiculares o telesillas, en los que la tracción se hace por cable, independientemente de que su capacidad sea para más o menos de nueve pasajeros.

En cuanto al ámbito de actuación de este seguro, abarca todos los viajes que se realicen dentro de España, así como los internacionales que empiecen en nuestro país.

 

¿Para qué sirve?

Tras haber detallado el qué y el dónde, es momento ahora del para qué. ¿Para qué sirve el Seguro Obligatorio de Viajeros? ¿Cuáles son sus coberturas?

Merced al SOV, las empresas transportistas, los conductores del vehículo y terceras personas asumen la responsabilidad civil que se les pueda atribuir por daños en caso de que se produzca un accidente durante la utilización del medio de transporte. Y no sólo en este espacio de tiempo, sino en otros momentos como los de la entrada de pasajeros en el vehículo y la salida del mismo o los de depósito y recogida del equipaje.

El seguro ofrece respuesta ante cualquier tipo de lesión corporal que sufra el viajero, sea cual sea su causa: un choque con otro vehículo, una salida de la carretera, un frenazo brusco, un vuelco, cualquier tipo de avería (rotura, explosión, incendio)…

La respuesta por parte del seguro se ofrece de múltiples formas. En primer lugar con indemnizaciones, cuyo valor se establece, como es lógico, en función de la gravedad de cada lesión. Las más leves pasan escasamente de los mil euros, mientras que las más graves rondan los 20.000. En el peor de los casos, la muerte, el pago a los beneficiarios supera los 35.000.

En cuanto a las indemnizaciones por incapacidad, se efectúa el pago en caso de que ésta sea permanente e incluso cuando es temporal, gracias a un baremo que dispone una cantidad en función del grado de inhabilitación al que obligue cada lesión.

Pero el Seguro Obligatorio de Viajeros también garantiza la asistencia sanitaria, servicio que puede realizarse hasta tres días después del accidente. Todo ello, siempre y cuando las lesiones del asegurado no obliguen a su hospitalización o la realización de un tratamiento especializado.

 

Información práctica

¿Qué debe hacer entonces el viajero que (disponiendo del título de billete correcto, no lo olvidemos) ha sufrido un accidente? Ponerse en contacto con la empresa organizadora del viaje, sea rellenando un formulario, telefónicamente o por email. Para beneficiarse de las coberturas del seguro los usuarios deberán probar, aportando certificados médicos, los daños corporales sufridos a consecuencia del accidente.