{"id":9069,"date":"2026-02-02T14:40:47","date_gmt":"2026-02-02T14:40:47","guid":{"rendered":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/?p=9069"},"modified":"2026-02-02T14:40:49","modified_gmt":"2026-02-02T14:40:49","slug":"seguro-vida-cubre-infarto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/seguro-vida-cubre-infarto\/","title":{"rendered":"\u00bfMe cubre el seguro de vida si sufro un infarto?"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>\u00bfUn infarto est\u00e1 cubierto por el seguro de vida? Te contamos de qu\u00e9 manera podr\u00edas estar amparado por la p\u00f3liza en caso de sufrir un problema cardiaco de esa importancia. Aqu\u00ed te explicaremos todo sobre las coberturas de enfermedades graves y c\u00f3mo funcionan las p\u00f3lizas. \u00a1Inf\u00f3rmate!<\/strong><\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfEl infarto est\u00e1 cubierto por los seguros de vida?<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Las enfermedades del coraz\u00f3n son por desgracia bastante comunes, y en concreto los infartos. Los <a href=\"https:\/\/www.generali.es\/seguros-particulares\/vida\"><strong>seguros de vida<\/strong><\/a> tienen en cuenta esa circunstancia concreta, al igual que amparan el fallecimiento por cualquier otra causa.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed que s\u00ed, el seguro de vida cubre el infarto. Pero no de cualquier manera y en cualquier circunstancia, pues<strong> en muchas p\u00f3lizas no lo hace en el caso de que la persona sobreviva<\/strong>. Es decir, por lo general no otorga una indemnizaci\u00f3n al cliente que ha sufrido esta grave dolencia cardiaca.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, algunos\u00a0seguros de vida s\u00ed contemplan\u00a0esa situaci\u00f3n, que son aquellos que cubren las enfermedades graves, dando indemnizaciones al momento en que el trastorno recogido en la p\u00f3liza es diagnosticado.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, <strong>el asegurado podr\u00eda recibir la cantidad de dinero contemplada en el contrato de seguro en ese momento<\/strong>, o al menos una parte de ella. Ese dinero, eso s\u00ed, suele descontarse de la indemnizaci\u00f3n por fallecimiento.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfQu\u00e9 factores influyen en la cobertura de un infarto?<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>La antig\u00fcedad de la p\u00f3liza y las condiciones preexistentes<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>La antig\u00fcedad del cliente no suele influir en la cobertura de un infarto, a no ser que la aseguradora decida cambiar ciertas condiciones para<strong> premiar su fidelidad<\/strong>. Las enfermedades preexistentes s\u00ed son un factor decisivo, pues la compa\u00f1\u00eda podr\u00eda decidir no cubrir el caso de infarto<strong> si se demuestra que la persona asegurada ya ten\u00eda una enfermedad cardiovascular antes de contratar la p\u00f3liza<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Cuestionarios, ex\u00e1menes m\u00e9dicos y h\u00e1bitos de vida<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Al igual que en los seguros de salud y decesos, en los de vida las compa\u00f1\u00edas de seguros suelen realizar cuestionarios de salud y hasta ex\u00e1menes m\u00e9dicos, con el fin de <strong>conocer el estado de la persona candidata y decidir si cubrir o no ciertos riesgos<\/strong> (como en este caso el de infarto) <strong>y en qu\u00e9 condiciones<\/strong>. La edad y los h\u00e1bitos de vida de la persona tambi\u00e9n pueden ser factores decisivos en ese sentido.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Causa de enfermedad o de accidente<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n importa si la causa del infarto ha sido la enfermedad o un accidente. En este \u00faltimo caso, las garant\u00edas de fallecimiento o invalidez a causa de un accidente no cubren un infarto.<strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Causas no cubiertas<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Hay tambi\u00e9n ciertas causas que pueden provocar un infarto que nunca est\u00e1n cubiertas. Por ejemplo, si el infarto se ha derivado del consumo de alcohol u otras drogas o si se ha producido al realizar un acto delictivo.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfQu\u00e9 hacer si sufres un infarto y tienes un seguro de vida?<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Cuando la situaci\u00f3n ya est\u00e9 bajo control y te encuentres fuera de peligro es el momento de contactar con la aseguradora para informarles de lo sucedido, comprobar si se tiene derecho a indemnizaci\u00f3n y si es as\u00ed realizar las gestiones necesarias para tramitar esta.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>C\u00f3mo<\/strong>\u00a0<strong>tramitar esta cobertura con\u00a0el<\/strong>\u00a0<strong>seguro de vida<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Para gestionar esta cobertura\u00a0con el\u00a0seguro de vida hay que ponerse en contacto con la compa\u00f1\u00eda de seguros -generalmente, por escrito-, envi\u00e1ndole un formulario y <strong>la documentaci\u00f3n que sea necesaria<\/strong>. Despu\u00e9s, la aseguradora ha de evaluar la solicitud y decidir si aprobarla (con lo que proceder\u00e1 al pago de la indemnizaci\u00f3n que corresponda) o denegarla.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Documentaci\u00f3n necesaria para la cobertura del infarto<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>M\u00e1s all\u00e1 del formulario\u00a0habr\u00e1 que presentar un informe m\u00e9dico del infarto, as\u00ed como otros informes m\u00e9dicos relevantes. Adem\u00e1s, <strong>la compa\u00f1\u00eda de seguros te solicitar\u00e1 seguramente la copia de tu DNI, la de la p\u00f3liza y posiblemente la del certificado de nacimiento<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>C\u00f3mo elegir un seguro de vida adecuado para tu salud<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p><strong>Valorando tu estado de salud, los posibles riesgos que corres, las enfermedades preexistentes que tienes, tu edad y tus h\u00e1bitos<\/strong> (y, sobre todo, tu punto de vista y necesidades de cobertura) para escoger de entre toda la oferta aseguradora, que es muy amplia, el seguro de vida que mejor se ajuste a lo que necesites.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde luego que si deseas una cobertura de la que puedas beneficiarte en vida en caso de tener un problema importante de salud es pertinente contratar un seguro de vida que incluya las enfermedades graves, aunque sea m\u00e1s caro.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>P\u00f3lizas que ofrecen cobertura en casos de infarto y enfermedades graves<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>En el mercado asegurador hay <a href=\"https:\/\/www.generali.es\/blog\/tuasesorsalud\/enfermedades-graves\/\"><strong>cobertura para las enfermedades graves<\/strong><\/a>, independientemente de cu\u00e1l sea el ramo y de que se proporcionen de distinta manera (en forma de servicios m\u00e9dicos o indemnizaciones).<\/p>\n\n\n\n<p>En lo que respecta al ramo de vida hay productos que ofrecen cobertura tanto en casos de infarto como de otras enfermedades graves: <strong>malformaciones vasculares, derrames, hemorragias, infartos cerebrales, alzheimer, parkinson, insuficiencias renales, esclerosis m\u00faltiple, par\u00e1lisis, c\u00e1ncer\u2026<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Algunos, como los m\u00e1s completos de <strong>GENERALI<\/strong>, brindan garant\u00edas como servicios m\u00e9dicos o segunda opini\u00f3n m\u00e9dica e incluyen entre sus complementarias la de diagn\u00f3stico por enfermedad grave y por <a href=\"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/cubre-seguro-vida-riesgo-enfermedades-graves-hijos\/\"><strong>enfermedad grave de hijos<\/strong><\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>* Te puede interesar:<\/em><\/strong> <a href=\"https:\/\/www.generali.es\/blog\/tuasesorsalud\/seguro-enfermedad-que-cubre\/\"><strong><em>\u00bfQu\u00e9 cubre el seguro de enfermedad y c\u00f3mo contratarlo?<\/em><\/strong><\/a><\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>* Te puede interesar:<\/em><\/strong> <a href=\"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/seguros-de-accidentes-y-de-vida\/\"><strong><em>\u00bfQu\u00e9 son y qu\u00e9 cubren los seguros de accidentes y de vida?<\/em><\/strong><\/a><\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Preguntas frecuentes<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfMe cubre el seguro de vida si el infarto fue causado por una condici\u00f3n preexistente?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p><strong>El seguro de vida cubre un infarto<\/strong><strong>, pero es muy dif\u00edcil que lo haga si ha sido provocado por una condici\u00f3n preexistente. <\/strong>En caso de que accediera la compa\u00f1\u00eda de seguros normalmente exigir\u00e1 un cambio en las condiciones del contrato.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfC\u00f3mo s\u00e9 si mi seguro de vida cubre un infarto?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Consultando con atenci\u00f3n las condiciones del contrato de seguro o poni\u00e9ndote en contacto con la compa\u00f1\u00eda a trav\u00e9s del servicio de atenci\u00f3n al cliente.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfMi seguro de vida cubre los costos del tratamiento del infarto o solo el fallecimiento?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Pues depender\u00e1 de cada seguro. Los productos est\u00e1ndar \u00fanicamente contemplan las indemnizaciones por fallecimiento, pero si se hubiera contratado alguna cobertura adicional que incluyera las enfermedades graves la aseguradora<strong> podr\u00eda tambi\u00e9n abonar indemnizaciones a su cliente que le ayudasen en su recuperaci\u00f3n<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfPuedo cambiar mi seguro de vida para incluir cobertura por infartos y otras enfermedades graves?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>S\u00ed, por lo general las compa\u00f1\u00edas de seguros permiten modificaciones en los contratos iniciales. Bastar\u00eda con solicitar a la aseguradora que incluyera esa clase de garant\u00edas. Obviamente, <strong>esa mayor protecci\u00f3n supondr\u00e1 normalmente un incremento en el coste del seguro y una actualizaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n del estado de salud actual<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<script type=\"application\/ld+json\">{\"@context\":\"https:\/\/schema.org\",\"@type\":\"FAQPage\",\"mainEntity\":[{\"@type\":\"Question\",\"name\":\"\u00bfMe cubre el seguro de vida si el infarto fue causado por una condici\u00f3n preexistente?\",\"acceptedAnswer\":{\"@type\":\"Answer\",\"text\":\"El seguro de vida cubre un infarto, pero es muy dif\u00edcil que lo haga si ha sido provocado por una condici\u00f3n preexistente. 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