{"id":5427,"date":"2019-06-25T09:36:33","date_gmt":"2019-06-25T09:36:33","guid":{"rendered":"https:\/\/infosobreseguros.generali.es\/?p=5427"},"modified":"2025-07-07T11:52:49","modified_gmt":"2025-07-07T11:52:49","slug":"cobertura-en-los-seguros-de-embacaciones-de-recreo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/cobertura-en-los-seguros-de-embacaciones-de-recreo\/","title":{"rendered":"Una ayuda en caso de situaciones graves: cobertura de accidentes personales en los seguros de embarcaciones de recreo"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Ya ha llegado el verano. Es tiempo para disfrutar del aire libre y de las vacaciones, y m\u00e1s para los afortunados que disponen de un bote con el que echarse al mar y ver el mundo desde otra perspectiva. Tener un <strong>barco<\/strong> en propiedad es un privilegio, pero no quita de cumplir con una serie de deberes: hacerse con una titulaci\u00f3n, cumplir con la normativa vigente y, por supuesto, suscribir el <strong>seguro <\/strong>obligatorio <strong>de embarcaciones de recreo<\/strong>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Hasta el producto m\u00e1s b\u00e1sico nos cubrir\u00e1 la garant\u00eda b\u00e1sica de <strong>responsabilidad civil<\/strong>. Pero a la disposici\u00f3n del contratante se encuentran otras importantes <strong>coberturas complementarias<\/strong> que ayudar\u00e1n a encontrar respuesta ante los imprevistos que puedan ocurrir: ampliaci\u00f3n de la responsabilidad civil, salvamento y asistencia mar\u00edtima, p\u00e9rdida total y abandono, todo riesgo, guerra y huelgas, efectos personales, defensa jur\u00eddica, asistencia en viaje\u2026<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este post vamos a referirnos a una de estas garant\u00edas, de gran utilidad en caso de que, toquemos madera del barco, suceda algo realmente grave que acabe con serios da\u00f1os para aqu\u00e9l o aquellos que se desplazan en \u00e9l. Hablamos de la <strong>cobertura de accidentes personales<\/strong>.<\/p>\n<h4 style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfPara qu\u00e9 sirve?<\/strong><\/h4>\n<p style=\"text-align: justify;\">A grandes rasgos, para ofrecer una cobertura econ\u00f3mica en caso de que se produzcan <strong>da\u00f1os corporales<\/strong> de gravedad \u2013incluy\u00e9ndose la posibilidad de fallecimiento- a consecuencia de un siniestro, tanto del tomador del seguro como de quienes viajen en el barco, garantizando el pago de las prestaciones oportunas. Esta garant\u00eda se hace efectiva en caso de que el accidente se produzca durante la navegaci\u00f3n, y habitualmente -aunque depender\u00e1 de la oferta concreta de cada compa\u00f1\u00eda de seguros y de las condiciones particulares del contrato suscrito- cubre tambi\u00e9n los incidentes ocurridos en las operaciones de embarque y desembarque, as\u00ed como los que suceden cuando la nave est\u00e1 siendo remolcada.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por accidente se considera toda acci\u00f3n repentina, violenta y externa, obviamente producida contra la voluntad del asegurado, que provoque lesiones corporales. Las compa\u00f1\u00edas de seguros tambi\u00e9n pueden incluir en esta garant\u00eda los da\u00f1os producidos por culpa de situaciones como inhalaci\u00f3n de gases y vapores nocivos, la ingesti\u00f3n de productos t\u00f3xicos, etc&#8230;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin embargo, no todo da\u00f1o f\u00edsico se incluye en esta categor\u00eda. Normalmente quedan excluidos de la cobertura: el suicidio, la tentativa de suicidio, la enajenaci\u00f3n mental o consumo de alcohol y drogas, as\u00ed como los accidentes derivados de la mala fe del asegurado. Tampoco los da\u00f1os que se produzcan a causa de enfermedades de cualquier naturaleza y, ni que decir tiene, que tampoco en caso de que la persona que tripule el barco no disponga del t\u00edtulo correspondiente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Siguiendo con las <strong>exclusiones<\/strong>, no suelen estar integrados en esa cobertura ni los da\u00f1os producidos durante la pr\u00e1ctica de submarinismo ni los ocasionados por culpa de cat\u00e1strofes naturales como terremotos, maremotos, erupciones volc\u00e1nicas o fuertes tempestades. Tambi\u00e9n suelen quedar fuera de esta garant\u00eda los da\u00f1os provocados por accidentes ocurridos en competiciones o a lo largo de los entrenamientos para \u00e9stas, a menos que la p\u00f3liza no cubra ese campeonato espec\u00edfico.<\/p>\n<h4 style=\"text-align: justify;\"><strong>Dos consecuencias principales<\/strong><\/h4>\n<p style=\"text-align: justify;\">La garant\u00eda de da\u00f1os personales se encuentra principalmente destinada para asistir en caso de que los accidentes desemboquen en graves da\u00f1os personales, con dos posibles consecuencias: muerte e invalidez.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En caso de <strong>fallecimiento<\/strong>, de manera inmediata tras un accidente o a consecuencia de \u00e9l -siempre dentro del plazo temporal que se hubiera estipulado en el contrato del seguro-, los beneficiarios, salvo designaci\u00f3n expresa, pasan a ser los herederos legales del asegurado. La compa\u00f1\u00eda tambi\u00e9n podr\u00eda enviar un anticipo a cuenta de la indemnizaci\u00f3n para ayudar a los gastos derivados de la muerte, siempre que la p\u00f3liza lo incluya.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En cuanto a la <strong>invalidez permanente<\/strong>, para determinarse las indemnizaciones que corresponden es fundamental conocer el grado de la misma, que precisar\u00e1 el pertinente dictamen m\u00e9dico. La indemnizaci\u00f3n ser\u00e1, obviamente, proporcional al grado de invalidez, y establecida mediante unos porcentajes. Otro caso es el de las alteraciones ps\u00edquicas y nerviosas, que generalmente no se computan a menos que sean consecuencia directa de lesiones f\u00edsicas del sistema nervioso.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Concluiremos este post con una perspectiva menos sombr\u00eda, aludiendo a la tercera gran pata del banco en cuanto al respaldo econ\u00f3mico que puede proporcionar la garant\u00eda de accidentes personales. Nos referimos a la cobertura de <strong>asistencia m\u00e9dico-farmac\u00e9utica<\/strong>, que contempla los gastos en concepto de medicina y farmacia que se efect\u00faen en un plazo m\u00e1ximo de tiempo (habitualmente de un a\u00f1o) a partir de la fecha en la que se produjo el accidente. Esta cobertura puede incluir los gastos quir\u00fargicos y de hospitalizaci\u00f3n, as\u00ed como los de traslado al centro hospitalario correspondiente, y contemplar una ayuda en caso de implantaci\u00f3n de pr\u00f3tesis o compra de elementos auxiliares como muletas o sillas de ruedas. Siempre, eso s\u00ed, que lo determine la prescripci\u00f3n m\u00e9dica.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ya ha llegado el verano. Es tiempo para disfrutar del aire libre y de las vacaciones, y m\u00e1s para los afortunados que disponen de un bote con el que echarse al mar y ver el mundo desde otra perspectiva. Tener un barco en propiedad es un privilegio, pero no quita de cumplir con una serie<span class=\"entry-more-link\"><a href=\"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/cobertura-en-los-seguros-de-embacaciones-de-recreo\/#more-5427\"> Seguir leyendo<\/a><\/span><\/p>\n","protected":false},"author":12,"featured_media":5428,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[945],"tags":[],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5427"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/wp-json\/wp\/v2\/users\/12"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5427"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5427\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8673,"href":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5427\/revisions\/8673"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5428"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5427"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5427"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.generali.es\/blog\/infosobreseguros\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5427"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}